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David Muñoz y el impacto del COVID-19 en los gig workers

"Los riders están especialmente expuestos en la actual pandemia". 

Tags: 'David Muñoz Rodríguez' 'Empleo juvenil' 'Ghost workers' 'Gig workers' 'Job precariousness' 'Precariedad laboral' 'Quelis' 'Repartidores' 'Riders' 'Sociólogo' 'Universidad de Valencia'

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David Muñoz es sociólogo, profesor e investigador en la Universidad de Valencia, donde imparte clases de sociología del trabajo y técnicas de investigación social en distintas titulaciones de grado y master. Su trabajo de investigación se centra en los cambios en el mundo del empleo, especialmente en aquellos relacionados con el trabajo digital.

¿Nos podría explicar brevemente en qué consiste su trabajo?

Soy investigador y profesor de la Universidad de València. Como docente imparto clases de sociología del trabajo y técnicas de investigación social en distintas titulaciones de grado y master. La parte de mi trabajo dedicada a la investigación se centra en los cambios en el mundo del empleo, especialmente en aquellos relacionados con el trabajo digital.

He participado en distintas investigaciones sobre trabajo digital y sus efectos en distintos grupos sociales: personas jóvenes, NINI’s (NEET’s en su acrónimo inglés) o universitarios. Actualmente, participo en un proyecto, desarrollado por grupos de trabajo de varias universidades, en el cual investigamos las vivencias y las condiciones de las personas que trabajan a través de plataformas digitales o que desarrollan algún tipo de trabajo freelance online. El objetivo de mi trabajo es ofrecer un mejor conocimiento de estos procesos para ayudar al diseño de políticas públicas.

¿Qué son los gig workers y los ghost workers? 

Se habla de gig economy, y correspondientemente de gig workers, para describir una economía muy marcada por un tipo de relación laboral muy inestable, descrita por el término inglés gig (“bolo”, actuación y, por extensión, trabajo).

Esta relación se realiza a menudo sin contratos de tipo laboral, o con un alto grado de informalidad, y generalmente a través de modalidades de trabajo independiente (freelancers, plataformas digitales, etc.). Este término proviene del campo musical, donde los músicos y músicas suelen cobrar únicamente cuando actúan, cuando hacen un “bolo”. De igual modo, los gig workers son remunerados por el trabajo efectivo que realizan y, como los músicos, a menudo deben aportar sus propios instrumentos (ordenadores, conexión, etc.).

Muy relacionados con los anteriores, ghost workers son quienes se ganan la vida realizando microtareas para, generalmente, empresas que operan en internet. Este tipo de trabajadores realizan tareas que los programas informáticos y los sistemas de inteligencia artificial (IA) no alcanzan a realizar sin un margen de error suficientemente bajo. De hecho, a menudo, este tipo de trabajo se utiliza para “entrenar” los sistemas de IA, de manera que estos puedan “aprender” a elegir la mejor opción o a reconocer determinados elementos (los ghost workers, por ejemplo, pueden dedicarse a etiquetar complementos –bolsos, gafas, etc.– en fotografías de usuarios de Instagram).

¿Cómo ha influido el desarrollo de la sociedad digital en la precarización del trabajo?

La economía digital está ampliando la gama y el número de empleos que comportan un nivel de incertidumbre importante, con incesantes cambios, a la vez que favorecen relaciones laborales efímeras y esconden un elevado volumen de trabajo informal, con una intensificación de los horarios, bajos salarios, etc.

Estas nuevas relaciones laborales desdibujan la relación salarial, a la vez que implican una creciente orientación al riesgo de los sujetos, impelidos a redefinirse de manera continua, una individualización de la relación laboral, con un sobredimensionamiento de la gestión de la reputación personal, con constantes renuncias personales en la gestión de la propia carrera, con una importante responsabilización del trabajador o trabajadora y un falso sentimiento de autonomía.

Se trata no solo de un verdadero desafío para los mercados laborales de cada país, sino que también supone un campo en el que las políticas públicas deben cumplir un papel fundamental en su regulación y en la provisión de programas y acciones dirigidos a evitar los efectos precarizadores de esta nueva economía.

Se habla de los ghost workers como la nueva underclass o baja clase social de nuestra sociedad. ¿Está de acuerdo? ¿Amplía la sociedad digital la brecha social?

Estoy de acuerdo. No obstante, es importante recordar que, al hablar de underclass, no hay que pensar en imágenes que evoquen el lumpenproletariado de los inicios de la revolución industrial.

Autores y autoras como Mary L. Gray o Rosalind Gill han realizado investigaciones de sumo interés, a través de las cuales podemos apreciar que esta nueva grieta en el mercado laboral está habitada por jóvenes (y no tan jóvenes) con niveles elevados de formación, que consumen tecnología de última generación y que, de puertas afuera, no muestran signos de la terrible factura que este tipo de trabajos pasa en términos de malas condiciones e incertidumbre.

Buena parte de los y las ghost workers están literalmente fuera de los sistemas nacionales de protección laboral. Entre otras consecuencias, el hecho de cobrar únicamente por las tareas realizadas implica que, de forma habitual, ingresen menos del salario mínimo de su país (ya sea en términos mensuales o incluso calculado por hora), además de no poder beneficiarse de la protección social derivada de la relación laboral, tal como he apuntado.

En las últimas semanas, a pesar del confinamiento, hemos continuado viendo a repartidores de Glovo y recibiendo propaganda de Deliveroo. ¿Están protegidos los derechos de este tipo de trabajadores en situaciones como la actual?

Lamentablemente, a la vulnerabilidad a la que ya de por sí están expuestos las y los riders, en la actual situación se añade la exposición al contagio debido al tipo de trabajo que realizan, el cual implica contacto personal directo. Distintas organizaciones sindicales han presentado denuncias porque estas empresas no están implementando ningún tipo de medidas de seguridad para proteger a sus trabajadores y trabajadoras. Recordemos que la mayoría no tiene contrato laboral, sino que prestan servicios como autónomos, como “falsos” autónomos. Esta característica limita mucho la posibilidad de beneficiarse de las garantías que ofrece un contrato laboral.

Además, el hecho de estar sometidos a un contrato de tipo mercantil les convierte en una especie de “proveedores”, fácilmente sustituibles si, por ejemplo, presentasen algún tipo de queja hacia las empresas que les reclaman sus servicios. Por tanto, en la situación actual, a la desprotección física se suma la imposibilidad de hecho de no poder reclamar medidas de protección, puesto que el temor a perder el trabajo está más que fundado. Es un ejemplo de cómo coyunturas como la presente evidencian la necesidad de intervenir desde las políticas públicas, para garantizar que los repartidores y repartidoras puedan ejercer sus derechos en tanto que trabajadores.

¿Qué tipo de trabajadores son los más vulnerables en estos momentos? ¿Qué hay de un sector de empleo femenino importante como las quelis, ya de por sí falto de derechos?

A los riders que acabamos de mencionar habría que sumar, como bien dices, las quelis y, en general, aquellas personas que prestan servicios en empleos con escasa protección social y laboral. Se habla estos días del encomiable y durísimo trabajo que el personal sanitario está desarrollando en los hospitales y centros sanitarios: aunque se habla también del papel del personal de limpieza y de servicios, pocas veces se nombra que muchos de estos empleados trabajan para empresas que prestan servicios que fueron deslocalizados.

Los estudios realizados en sociología del trabajo llevan años mostrando que estos procesos de deslocalización y outsourcing comportan peores condiciones para los trabajadores y trabajadoras de las empresas prestatarias de servicios. Así pues, habría que redoblar la supervisión y las inspecciones en estos sectores.

Por otro lado, y de manera muy breve, mencionaría aquí a quienes trabajan en microempresas (que son un número importante en el caso español), puesto que se trata de un tipo de empresas con escaso margen financiero y que es probable que acusen de forma drástica este período de cese de la actividad. Por último, no habría que olvidar a las personas que estaban ya en desempleo: cuando se inició el estado de alarma había en España 3,5 millones de personas, de las cuales más de 2,5 millones no recibía ningún tipo de prestación. Sus posibilidades de encontrar empleo se han reducido prácticamente a cero (con la escasa excepción de sectores muy expuestos al riesgo, como la limpieza, reparto, funerarias, etc.); entre las estimaciones que se están realizando estos días, se apunta que podría haber más de un millón de contratos vinculados con el sector servicios que, cuando acabe el confinamiento, no se materialicen. Esto puede suponer que muchas de estas personas desempleadas y sus familias entren en situaciones de pobreza.

¿Cómo se pueden proteger los derechos de estos trabajadores, más en la situación actual?

En primer lugar, es urgente evitar situaciones de pobreza. Apremia, por tanto, la necesidad de reforzar las políticas contra el empobrecimiento y sus consecuencias. En este sentido, me parece inaplazable la consideración de una política de transferencia de rentas, especialmente a través de algún tipo de renta básica. Garantizar unas mínimas condiciones de vida es fundamental para poder avanzar, posteriormente, en otro tipo de medidas que atajen, por ejemplo, las carencias formativas, la adaptación al mercado de trabajo, etc.

El trabajo juvenil, ¿está sufriendo también especialmente en la actual situación? ¿Por qué?

De entrada, la cancelación de las campañas vinculadas con el turismo (fallas, Semana Santa, etc.) han supuesto la pérdida de puestos de trabajo estacionales, los cuales son ocupados de forma numerosa por personas jóvenes. Asimismo, es previsible un retraso en el inicio de la campaña de verano (y está por ver cuáles son los efectos de la pandemia sobre la misma). Por otra parte, la destrucción de empleo durante la crisis abrió una importante brecha en el empleo juvenil, de la cual todavía no nos habíamos recuperado del todo (recordemos, por ejemplo, que muchos jóvenes, especialmente los universitarios, tuvieron que salir del país durante estos años de crisis): este precedente nos lleva a suponer que el empleo juvenil volverá a resentirse en la crisis que se está fraguando y cuyo alcance aún no podemos anticipar.

Además del hecho de que para muchos jóvenes va a complicarse la transición educación-mercado laboral, el efecto negativo sobre el empleo juvenil se debe a que los contratos temporales afectan especialmente a los y las jóvenes, lo que incrementa el riesgo de despido cuando se reduce la actividad económica de las empresas.

Se trata de un tema que debería importarnos mucho, puesto que el desempleo juvenil tiene un efecto biográfico, el cual puede llegar a marcar considerablemente las trayectorias vitales de las generaciones afectadas.